El siguiente artículo estudia los efectos del incumplimiento del deber de transparencia patrimonial contenido en el artículo 5° inciso primero de la Ley Nº 14.908, lo que provoca la dictación de una sentencia de alimentos injusta. Se sostiene que, ante esta situación, el alimentario presenta a su disposición, además de la acción para corregir el monto de las pensiones alimenticias a futuro, una acción para resarcir el monto de las pensiones alimenticias defraudadas junto con la conse-cuente indemnización por daños extrapatrimoniales que se puedan vincular con su defraudación.
http://revistas.uach.cl/index.php/revider/article/view/6314.